NIVELES DE ESTUDIO QUE SE FINANCIA CON CRÉDITO EDUCATIVO
  
El IECE, dentro de las modalidades de educación presencial, semipresencial, a distancia o por medios virtuales,  financia los siguientes niveles de estudio.
 
EDUCACIÓN BÁSICA

Estudios comprendidos entre primero y décimo año.

 
BACHILLERATO

Estudios para la obtención del título de bachiller y deben estar reconocidos por el Ministerio de Educación.

EDUCACIÓN TÉCNICA SUPERIOR 
Estudios técnicos, tecnológicos, pedagógicos y otros impartidos por institutos superiores técnicos y tecnológicos. Los programas de estudios en el país deben cursarse en centros docentes reconocidos por el CONESUP.
 
EDUCACIÓN DE PREGRADO O DE TERCER NIVEL

Estudios de formación en áreas profesionales, para la obtención del grado de licenciado y los títulos profesionales universitarios o politécnicos.
Los programas de estudios en el país deben cursarse en centros docentes reconocidos por el CONESUP.

 
EDUCACIÓN DE POSTGRADO O CUARTO NIVEL
Estudios de especialización científica o entrenamiento profesional avanzado, para la obtención de títulos intermedios de postgrado de diplomado superior, especialista y los grados de magíster y doctor o sus equivalentes.
Los centros docentes y programas de estudios que se imparten en el país deben estar reconocidos por el CONESUP.
 
EDUCACIÓN CONTíNUA
Cursos de capacitación y pasantías a nivel profesional y no profesional y capacitación en general para artesanos, deportistas, artistas y afines.
 
EDUCACIÓN ESPECIAL
Estudios destinados a personas con necesidades educativas especiales. 
 
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
Para realizar proyectos de investigación científica, transferencia e innovación tecnológica, patrocinados por centros educativos o instituciones nacionales e internacionales, legalmente reconocidas.
 
CARRERAS MILITARES Y AFINES
Estudios de formación de policías, personal de tropa de las Fuerzas Armadas, bomberos y programas de formación superior de Policía, Fuerzas Armadas y Defensa Civil.
 
 
IDIOMAS
Cursos de aprendizaje de idiomas extranjeros en el país o lenguas nacionales en el país o de perfeccionamiento en el exterior con una duración igual o superior a cuatrocientas  (400) horas.
 
IMPORTANTE
El intercambio de docentes, estudiantes y profesionales no se considerará como un subprograma sino como una modalidad en cualquiera dentro de ellos, y se normará de conformidad al que corresponda.